El DOGC publica la obligatoriedad de los distintivos para los VTC

El DOGC publica la obligatoriedad de los distintivos para los VTC

El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado la obligatoriedad de llevar visible los distintivos para los VTC

La orden 31/2021 del 3 de febrero que ha publicado el DOGC, establece la obligatoriedad de lucir los distintivos de los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) domiciliados en Catalunya.

La actividad de alquiler de vehículos con conductor ha sido objeto, de forma progresiva y al ritmo de su presencia creciente en el ámbito del transporte público de personas, de regulaciones del Estado, de la Generalidad de Catalunya y de las entidades locales, que han introducido nuevos elementos en su ordenación.

El objetivo ha sido, por un lado, la fijación de nuevas condiciones relativas a la contratación, derivadas del uso de las plataformas telemáticas y de su diferenciación con el servicio del taxi, y, por otro lado, el establecimiento de otras condiciones relacionadas con las limitaciones marcadas por el régimen de turnos y descansos periódicos.

Para mejorar las condiciones de control y verificación del cumplimiento de estas normas, La Generalitat considera necesario configurar un nuevo distintivo y exigir su uso obligatorio, como herramienta que ofrece transparencia exterior a los vehículos y en la misma actividad y que facilita visualmente la tarea de control y comprobación del cumplimiento de las referidas condiciones.

En consecuencia, mediante esta orden, se establece la obligatoriedad de que los vehículos con autorización de VTC domiciliados en Catalunya dispongan de un distintivo que indique el número de la autorización de acuerdo con los formatos establecidos.

El artículo 1 de la orden indica que los vehículos con autorización de VTC domiciliados en Catalunya dispondrán de un distintivo que indique el número de la autorización.

Así, los distintivos de color verde corresponden a los vehículos con un número de autorización acabado en dígito par y el formato de distintivo con fondo de color rojo corresponde a los vehículos con un número de autorización acabado en dígito impar.

Este distintivo se colocará, de manera que resulte visible, en la parte inferior izquierda del parabrisas delantero del vehículo.

Según indica el Conseller de Territori i Sostenibilitat, Damià Calvet, a través de la orden, el distintivo lo entregan a la persona titular de la autorización VTC los servicios territoriales de transportes competentes para el otorgamiento de esta autorización, una vez acredite que es titular de la autorización correspondiente.

A tal efecto, las personas titulares deberán solicitar el distintivo al servicio territorial competente, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta Orden, salvo que ya les haya sido entregado por la Administración.

«Un representante de la persona titular de la autorización o de una asociación representativa del sector, debidamente acreditada al efecto, podrá recoger el distintivo.  La pérdida o deterioro del distintivo dará lugar a su reposición, por lo que habrá que solicitar uno nuevo ejemplar al servicio territorial competente», indica el apartado 4.

Así mismo, el incumplimiento de la obligación de llevar el distintivo, su uso inadecuado o su colocación en un lugar diferente al previsto en esta Orden será sancionado de conformidad con la normativa vigente en materia de transporte de viajeros mediante vehículos de motor.

Los vehículos con distintivo rojo podrán trabajar los domingos y los que lleven distintivo verde podrán trabajar los sábados.

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