El juzgado desestima la querella de Elpidio Silva contra Tito Álvarez

Del extenso relato de la querella se desprende un intento de dotar, revestir de apariencia delictiva, lo que en definitiva no es más que un conflicto de intereses.

El juzgado desestima la querella de Elpidio Silva contra Tito Álvarez

El juzgado desestima la querella de Elpidio Silva contra Tito Álvarez

Dentro del pasado año 2019 tuvieron lugar muchos acontecimientos dentro del sector del taxi y en la lucha contra el sector de los Vehículos de Transporte con Conductor.

El despacho de abogados Elpidio Silva, presentó una querella en nombre de la Plataforma Integral del Taxi, compuesta por aproximadamente 2.000 taxistas, contra varias empresas y particulares del sector VTC.

También se presentó una demanda civil contra estas empresas.

La querella interpuesta por Elpidio Silva no fue fructífera, incluso los recursos que presentó fueron desestimados.

A pesar de ello, el despacho de abogados, reclamó a los taxista una prima de éxito por haber conseguido sacar a Uber y Cabify de las calles de Barcelona, algo que, en el caso de Uber ocurrió, pero no así con Cabify, que en la actualidad hay más vehículos circulando que entonces.

Tito Álvarez y los demás taxistas que habían contratado al despacho, se negaron en rotundo a abonar una prima de éxito, que no se correspondía con la realidad.

El pataleo por el dinero

Elpidio José Silva Pacheco consideró que debía cobrarla y se le ocurrió actuar por la vía penal querellándose contra Alberto Álvarez (Tito), por lo delitos de amenazas, acoso, lesiones y cualquier otro que pudiera surgir en la investigación.

Pues bien, la Jueza Carmen García Martínez, titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona, ha inadmitido la querella al considerar que los hechos no son constitutivos de delito.

«Del extenso relato de la querella se desprende un intento de dotar, revestir de apariencia delictiva, lo que en definitiva no es más que un conflicto de intereses entre un letrado y quien fuera uno de sus clientes», así de tajante es la jueza en sus conclusiones.

«Estos son los hechos, y no obstante el deseo de dotarlos de apariencia criminal los mismos no constituyen delito», prosigue la jueza en su escrito.

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