Los VTC en Catalunya no podrán circular por la vía pública en busca de clientes

Los VTC en Catalunya no podrán circular por la vía pública en busca de clientes

Los VTC en Catalunya no podrán circular por la vía pública en busca de clientes

La Generalitat de Catalunya ha hecho público un comunicado en el que se reflejan las condiciones de prestación de servicio de los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) en todo el territorio de Catalunya.

Entre estas condiciones destaca el la circulación de los vehículos.

De acuerdo con el artículo 4.3 del Decreto ley 4/2019 de medidas urgentes en materia de transporte de viajeros mediante el alquiler de vehículos con conductor y el artículo 182.1 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, los vehículos adscritos a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor no podrán, en ningún caso, circular por las vías públicas en busca de clientes ni propiciar la captación de viajeros.

En consecuencia:

Los vehículos adscritos a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (clase VTC) que se encuentren en condición de servicio no contratado, no pueden circular por las vías públicas a la búsqueda de clientes.

En el supuesto de que se detecte la presencia de un vehículo que se encuentre en condición de servicio no contratado y que circule por las vías públicas a la búsqueda de clientes la empresa titular de la autorización será denunciada por «circular por las vías públicas en la búsqueda de clientes»:

  • 700303/601 euros (servicio con origen y destino en el AMB)
  • SB02.12 / 601 euros (servicio con origen o destino fuera de la AMB)

Habrá describir a la denuncia los motivos tomados en consideración para la denunciante para concluir que la circulación por las vías públicas tiene por objeto presuntamente la búsqueda de clientes, tales como la circulación errática del vehículo, el paso por el mismo punto de la vía pública reiteradas veces en un breve periodo de tiempo o cualquier otra.
Con respecto específicamente al tipo infractor «circular por las vías públicas a la búsqueda de clientes», la competencia territorial corresponderá:

  • Al Área Metropolitana de Barcelona en el caso de que el vehículo se encuentre circulando por las vías públicas a la búsqueda de clientes en una localización ubicada en su ámbito territorial.
  • A la Generalitat de Catalunya mediante las unidades de la Dirección General de Transportes y Movilidad, en caso de que el vehículo se encuentre circulando por las vías públicas en la búsqueda de clientes en una localización ubicada en cualquier ámbito territorial que no esté comprendido en el término del Área Metropolitana de Barcelona.

Lea el artículo completo:

Condiciones de prestación de servicio de los VTC en Catalunya

 

Condiciones de prestación de servicio de los VTC en Catalunya

 

 

Los VTC en Catalunya no podrán circular por la vía pública en busca de clientes