Licencias estacionales: Manual práctico para reinventar lo que ya existe
Hay que reconocerle algo al Sindicat del Taxi de Catalunya: tiene una capacidad extraordinaria para presentar como conquista histórica lo que lleva más de veinte años escrito en el Boletín Oficial. Las licencias estacionales, ahora difundidas como si fueran una novedad revolucionaria, ya estaban previstas en la Ley 19/2003 del Taxi de Catalunya. Sí, 2003. No 2026.
El artículo 7 ya contemplaba las licencias estacionales. El artículo 6 ya otorgaba potestad para crear nuevas licencias cuando las circunstancias lo requirieran. No estamos ante un giro normativo inesperado ni ante una reforma estructural del modelo. Estamos ante algo que ya existía en el marco legal vigente desde hace más de dos décadas.
Pero, al parecer, redescubrir la ley tiene ahora categoría de logro político.

Interpretación de las licencias estacionales del taxi en la actual ley catalana
Confundir al taxista como estrategia
Lo preocupante no es solo el error —si es que queremos llamarlo así— sino el efecto. Cuando se difunde como novedad lo que no lo es, se genera una sensación artificial de avance o amenaza, dependiendo del relato que convenga en cada momento. Y quien paga esa confusión es el profesional que intenta entender qué cambia realmente en su licencia y en su actividad diaria.
Si la figura ya existía y lo que se ha hecho es mejorar su delimitación técnica, lo honesto sería explicarlo así: se ha afinado la regulación, se han introducido acotaciones que antes no estaban claramente definidas. Eso sí es un debate serio. Lo otro es marketing sindical.
Un problema de credibilidad
El sector del taxi no necesita épica de despacho. Necesita seguridad jurídica, previsibilidad y rigor. Cada vez que se exagera, se sobredimensiona o se reescribe la historia normativa, se erosiona la confianza interna. Y la credibilidad, una vez deteriorada, no se recupera con comunicados grandilocuentes.
Resulta irónico que se invoque la defensa del taxista mientras se le ofrece información incompleta. Porque si algo merece el profesional del taxi es respeto a su inteligencia y a su capacidad de comprender el marco legal que regula su trabajo.
Quizá antes de anunciar “novedades”, convendría releer la ley vigente. A veces las grandes revelaciones no están en el futuro, sino en el artículo que lleva veinte años esperando a ser leído.





















