El Tribunal Supremo anula el requisito de pre contratación para vehículos VTC en Mallorca
MADRID. 20 Nov. (Noticias del Taxi) – El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nulo el artículo 11.1 del Decreto 46/2019 de las Islas Baleares, que imponía un requisito de precontratación de 30 minutos para los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) en Mallorca. Esta decisión responde a un recurso presentado por dos empresas contra dicha normativa.
El TS ha señalado que su fallo sigue el mismo razonamiento aplicado en febrero de 2023 en un caso similar del País Vasco, aunque con una diferencia clave: en el caso balear, la disposición anulada estaba respaldada por una norma autonómica de rango legal que ya había sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (TC).
Libertad de empresa y proporcionalidad
El tribunal reafirma que exigir un tiempo mínimo de precontratación de 30 minutos, junto con la prohibición de geolocalizar vehículos antes de la contratación, vulnera el derecho a la libertad de empresa, protegido por el artículo 38 de la Constitución. Además, estas restricciones no cumplen con los principios de necesidad, adecuación y proporcionalidad establecidos en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
Con esta sentencia, los vehículos VTC en Mallorca podrán operar sin la obligación de precontratación temporal ni restricciones relacionadas con la geolocalización, marcando un precedente para otros territorios con normativas similares.