El TSJB tumba el recurso del taxi de Sant Antoni contra el uniforme, el datáfono y la exclusividad
SANT ANTONI DE PORTMANY, EIVISSA. 28 Oct. (Noticias del Taxi) – El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha desestimado el recurso de la Asociación de Taxistas Profesionales de Vila, un colectivo minoritario en la ciudad de Ibiza, en contra de los cambios aprobados por el Ayuntamiento de Sant Antoni en su ordenanza del taxi en agosto de 2021.
Nueva regulación para taxis en Sant Antoni
La modificación de la ordenanza en Sant Antoni se centró en tres aspectos clave: el artículo sobre la exclusividad en la explotación del taxi, la incorporación del uniforme obligatorio y el uso de un datáfono para facilitar el pago con tarjeta de crédito. Los taxistas de Vila argumentaron que el Ayuntamiento no justificó adecuadamente la necesidad de estos cambios, en referencia a la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo. Sin embargo, el tribunal ha rechazado este argumento, afirmando que el cumplimiento de la ley depende de la identificación de la finalidad de la reforma, sin necesidad de un documento o memoria específica.
Modificación parcial de la ordenanza
El Tribunal señaló que la modificación realizada no introducía una nueva regulación en la ordenanza, sino que precisaba puntos que ya se contemplaban. Por lo tanto, la normativa de Sant Antoni no requería estudios adicionales o investigaciones para su implementación.
La obligación del uniforme y el uso de datáfono
En la reforma, el Ayuntamiento de Sant Antoni especificó las características de un nuevo uniforme, en colaboración con el Consell Insular y otros municipios, para garantizar una imagen de decoro y profesionalismo. El artículo 32 de la antigua ordenanza ya contemplaba un sistema de pago con tarjeta de forma gradual, que en la nueva versión se transforma en una obligación de contar con un datáfono. El Tribunal ha señalado que el Ayuntamiento de Sant Antoni tiene competencias suficientes para legislar sobre estos aspectos.
Interpretación de la explotación de la licencia
Otro de los puntos en disputa era la explotación de la licencia de taxi. La normativa previa estipulaba que el titular debía explotarla personalmente o junto con empleados. La modificación incluyó una redacción basada en la ley balear 4/2014 de Transportes, que generó diferencias de interpretación entre Vila y el resto de municipios. Mientras Vila interpretaba que el titular debía explotar el taxi, otros municipios sostenían lo contrario.
La Asociación de Taxistas de Vila sostenía que este artículo estaba incompleto, y también que el Ayuntamiento no tenía autoridad para regular un aspecto que correspondía a la legislación autonómica. La sentencia considera esta postura contradictoria, señalando que “no se puede criticar el texto por incompleto y al mismo tiempo afirmar que infringe la reserva de ley.”
Una nueva ley de transporte zanja el conflicto
Este debate ya ha quedado obsoleto, pues la reciente ley balear de Transportes, aprobada a principios de este año, aclara que el propietario de un taxi puede combinar la explotación de su licencia con otros trabajos o actividades comerciales.