El Ayuntamiento de Sant Josep pierde un nuevo litigio por una licencia de taxi embargada
SANT JOSEP DE SA TALAIA, EIVISSA. 07 Abr. (Noticias del Taxi) – El Ayuntamiento de Sant Josep ha sufrido una nueva derrota judicial relacionada con una licencia de taxi que fue embargada hace aproximadamente una década por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo posteriormente subastada y adjudicada a un tercero por 251.000 euros.
En su momento, el Consistorio denegó el traspaso de la licencia al adjudicatario al considerar que no se cumplían los requisitos establecidos en el reglamento estatal del taxi, especialmente en lo referente a los criterios de transmisión.
La batalla legal y el fallo inicial
El nuevo propietario acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa, logrando un fallo favorable en primera instancia. Sin embargo, esta resolución fue revocada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) tras recurso presentado por el Consistorio. El tribunal argumentó que una subasta pública no puede servir para evitar las restricciones legales que regulan la transmisión de licencias.
Además, también dio la razón al anterior titular, quien había sido embargado, anulando el decreto municipal que le impedía seguir operando como taxista. Esta sentencia no fue recurrida, aunque sí lo fue la que invalidaba la concesión al nuevo propietario.
El Tribunal Supremo revierte la situación
Posteriormente, el Tribunal Supremo revocó el fallo del TSJB y avaló la validez de la adjudicación de la licencia a través de la subasta realizada por la Seguridad Social. El alto tribunal distinguió entre la transmisión voluntaria e involuntaria de licencias, afirmando que en casos de ejecución forzosa por impagos a la Seguridad Social, no se requiere autorización municipal para que la licencia sea transferida al ganador de la subasta.
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El TSJB confirma la nulidad de la resolución municipal
Recientemente, el TSJB ha rechazado el recurso del Ayuntamiento y ha confirmado la sentencia que anulaba la resolución municipal de 2019, por la que se denegaba la paralización del uso de la licencia por parte del anterior titular.
Pese a que el Supremo ya se había pronunciado, el Ayuntamiento permitió que el deudor siguiera prestando el servicio, amparándose en que la resolución a su favor no había sido recurrida.
El tribunal desautoriza la ejecución anticipada del Ayuntamiento
El TSJB ha dejado claro que ambas resoluciones judiciales estaban vinculadas dentro del mismo procedimiento, y por lo tanto, una dependía de la otra. Esto significa que, tras la presentación del recurso de casación, no se podía ejecutar voluntariamente ninguna resolución sin esperar al fallo definitivo.
Según el tribunal, la actuación del Ayuntamiento fue improcedente y concluye que el antiguo titular no podía seguir prestando el servicio de taxi, dado que su derecho estaba pendiente de resolución judicial firme.