Santa Cruz de Tenerife invertirá cerca de 1,4 millones en el rescate de licencias de taxi en 2025
SANTA CRUZ DE TENERIFE. 12 Sep. (Noticias del Taxi) – La Junta de Gobierno de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado las bases y el presupuesto para el rescate de licencias de taxis en el municipio durante este año. El importe total destinado asciende a 1,396 millones de euros, que se distribuirá entre los titulares que decidan participar en este proceso voluntario. La medida entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Indemnización por licencia y procedimiento voluntario
El rescate de licencias, que se encuentra en su última convocatoria, establece una indemnización de 37.000 euros por licencia. El alcalde de la ciudad, José Manuel Bermúdez, enfatizó que el procedimiento es voluntario, destinado únicamente a aquellos titulares que deseen retirarse de la actividad.
Actualmente, Santa Cruz cuenta con 632 licencias activas de taxi, y se prevé rescatar 151 durante los cuatro años del convenio, con un máximo de 36 permisos anuales.
Distribución del presupuesto y colaboración con el Cabildo
La concejala de Movilidad, Evelyn Alonso, recordó que este es el último año del convenio firmado con el Cabildo de Tenerife, que comenzó en 2023 y finalizará en 2026. El convenio contempla un desembolso total de 5.587.000 euros, de los cuales el Ayuntamiento aportará el 55 % y la Corporación Insular el 45 % restante.
Alonso subrayó que la participación es voluntaria y que ningún propietario de licencia está obligado a sumarse al procedimiento.
Plazos y presentación de solicitudes
El proceso de solicitud estará abierto desde la publicación en el BOP hasta el 15 de octubre, o hasta agotar los fondos disponibles para el ejercicio. Además, la convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento para garantizar la máxima difusión.
Las solicitudes se podrán presentar en:
- El Registro del Ayuntamiento, en avenida Tres de Mayo, 40.
- Cualquiera de las oficinas descentralizadas del Ayuntamiento.
- Mediante cualquier otra vía prevista en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Revisión y subsanación de solicitudes
Una vez recibida cada solicitud, el Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal podrá requerir al interesado que, en un plazo de 10 días hábiles, subsane cualquier deficiencia o aporte información adicional necesaria. De no hacerlo, la petición será considerada desistida automáticamente.