El TSJ de València confirma 60.000 euros de sanción a Cabify por fraude

La autoridad laboral ha sancionado a la multinacional por cesión ilegal al menos en Catalunya y la Comunitat Valenciana

Detenido un conductor de Cabify drogado y bebido en Platja d'Aro

El TSJ de València confirma 60.000 euros de sanción a Cabify por cesión ilegal de trabajadores

Revés judicial a Cabify por fraude en la contratación. Tras una primera sentencia favorable a la multinacional, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha respaldado las actas de infracción impuestas por la Inspección de Trabajo por cesión ilegal de sus conductores a través de tres empresas. Las magistradas restablecen así la multa de 60.000 euros por este fraude en la contratación, que había sido anulada en primera instancia.

La sentencia, del pasado 1 de febrero avala la resolución de la autoridad laboral valenciana de 2019, que consideró que Cabify incurría en una subcontratación ilícita con las mercantiles Costa Fleming Car, S.L.; Servigrallar de la Cerdanya, S.L. y Murilo, 65 S.L., que gestionan flotas de conductores.

En concreto, se sancionó a Cabify por cesión ilegal de personal, prohibida en el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, al considerar que en realidad ejercía el papel de “verdadero empresario” de los conductores y no las contratas intermediarias.

La cesión ilegal supone una huida de la regulación laboral. La intención suele ser la devaluación de condiciones laborales respecto a la empresa principal, pero también no asumir responsabilidades sobre el personal en multitud de cuestiones. Si la empresa principal abandona el país, no tiene que hacer un despido colectivo –con todos sus requisitos y garantías para la plantilla–, sino solo romper un contrato mercantil.

Respaldo a la Inspección de Trabajo

Según ha trascendido de manera pública, la autoridad laboral ha sancionado a la multinacional por cesión ilegal al menos en Catalunya y la Comunitat Valenciana.

Esta nueva sentencia tiene especial relevancia, ya que supone un respaldo judicial al criterio de la Inspección de Trabajo tras varias resoluciones desfavorables en los tribunales. La sanción de 60.000 euros impuesta por la Generalitat Valenciana quedó anulada en 2022 por un juzgado, que respaldó la fórmula de subcontratación de Cabify, así como una de las sanciones impuestas en Catalunya, de 187.515 euros, por “caducidad en el procedimiento”.

Cabify dirige y controla

En primer lugar, las magistradas del TSJ valenciano coinciden con la autoridad laboral en que Cabify es “un servicio en el ámbito de los transportes” y no una mera intermediaria digital, como defiende la multinacional. Para argumentarlo, toman entre sus referencias la sentencia europea de finales de 2017 que así lo concluyó respecto a Uber, tras la demanda interpuesta por Élite Taxi Barcelona.

Cabify destaca que la empresa no es titular de las autorizaciones VTC, ni de los vehículos, que son propiedad de las empresas subcontratas. Sin embargo, ello “no desvirtúa el fundamental dato de que lo imprescindible y esencial para prestar el servicio en este tipo de transporte es la aplicación informática diseñada por Cabify. Sin ella los desplazamientos en vehículos son inviables”, sostienen las tres magistradas.

La sentencia recoge que “la herramienta fundamental de trabajo para los conductores” –y también para la prestación del servicio a los usuarios– es la aplicación (app) propiedad de la multinacional, “a través de la cual organiza y adjudica el trabajo de los conductores, tratando de garantizar que los clientes de Cabify viajen de una determinada forma, cómoda y a su total satisfacción”.

Mediante la app, la multinacional ejerce “el poder de dirección y control” sobre los conductores. “Cabify es quien organiza la actividad que ha contratado y quien indica de manera precisa cómo quiere que se ejecute ese trabajo realizado por los conductores. Es Cabify quien asigna los viajes concretos a los trabajadores, a través de la aplicación”, también quien fija las rutas, no las empresas cedentes.

Durante los viajes, hay “un control de manera permanente y constante, por medio de la app de Cabify sobre el cumplimiento de la actividad de los conductores de las empresas de transporte, y existen canales de comunicación para que el conductor contacte con Cabify, ante incidencias”, añaden las juezas.

Además, la multinacional “identifica las malas prácticas o incumplimientos” de los conductores “en base a criterios de calidad determinados exclusivamente” por Cabify, a la que el TSJ asigna también facultades “un poder disciplinario”. “Cabify puede realizar advertencias e incluso el bloqueo de la cuenta del conductor en la App de Cabify Drivers”, destaca el fallo.