El TSJC decidirá en febrero sobre la sanción de la ACCO a Élite Taxi por presunto “boicot”
BARCELONA. 22 Ene. (Noticias del Taxi) – El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha fijado el 16 de febrero de 2026 como fecha para la deliberación, votación y fallo del recurso presentado por Élite Taxi contra la sanción impuesta por la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) por un supuesto “boicot”.
La resolución judicial es considerada clave por la asociación, al entender que lo que está en juego trasciende el ámbito administrativo y afecta directamente al derecho de las asociaciones profesionales a defender un sector sin ser tratadas como operadores con poder de mercado.
Una sanción de 122.900 euros a una asociación sin actividad económica
Élite Taxi afronta una multa de 122.900 euros, una cuantía que la organización califica de desproporcionada y sin precedentes para una entidad de pequeño tamaño. La asociación subraya que no es una empresa ni un cártel, sino una organización profesional que no fija precios, no comercializa servicios ni coordina la operativa diaria del taxi.
Según su defensa, su labor se limita a la representación pública y jurídica del sector, especialmente ante prácticas que considera contrarias a la legalidad y al interés general.

La España de los sinvergüenzas
Denuncia sectorial frente a conducta anticompetitiva
El núcleo del conflicto reside en la interpretación de la ACCO, que considera que determinadas actuaciones de Élite Taxi constituyen un “boicot”. La asociación rechaza esta calificación y sostiene que la sanción confunde la acción de denuncia y defensa sectorial con una conducta anticompetitiva.
Desde Élite Taxi recuerdan que en los últimos años se han tramitado centenares de sanciones administrativas en Barcelona relacionadas con el ámbito de las VTC y que existen numerosas informaciones periodísticas sobre expedientes e infracciones, incluidas actuaciones del Institut Metropolità del Taxi (IMET). A su juicio, este contexto refuerza la idea de que denunciar irregularidades no puede considerarse boicot, sino un ejercicio de defensa del interés público.

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Referencias al Derecho europeo de la competencia
La defensa jurídica de Élite Taxi se apoya también en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establece que solo puede considerarse “empresa”, a efectos del Derecho de la competencia, quien ejerce una actividad económica. Asimismo, recuerda que incluso cuando una conducta pueda tener efectos en el mercado, debe analizarse su contexto, objetivos y proporcionalidad, conforme a la doctrina Wouters y Meca-Medina.
La asociación sostiene que su actuación persigue un fin legítimo: proteger un servicio público regulado y denunciar malas prácticas respaldadas por evidencias públicas y por la propia actividad sancionadora de la administración.

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Llamamiento al sector del taxi ante una fecha clave
Élite Taxi ha hecho un llamamiento al conjunto del taxi de Barcelona para que permanezca atento a la resolución judicial. Considera que la sentencia del 16 de febrero de 2026 puede marcar un punto de inflexión para el sector.
La organización advierte de que, si se avalara la sanción, se enviaría un mensaje disuasorio a asociaciones de trabajadores y autónomos: defender el cumplimiento de la ley podría convertirse en motivo de castigo administrativo.
La asociación ha anunciado que informará puntualmente de las novedades procesales y de las posibles acciones a emprender, con el objetivo de garantizar —según afirma— el respeto a la justicia, la veracidad de los hechos y la dignidad de un sector que presta un servicio esencial a la ciudad.





















