Reembolsos de taxi en efectivo en Italia: cuándo se consideran renta del trabajo
TRENTO, ITALIA. 30 Dic. (Noticias del Taxi) – El reembolso de gastos de taxi realizados en efectivo por un empleado en Italia está sujeto a tributación como renta del trabajo, aplicándose la tasa marginal del IRPEF por parte del ministerio empleador. Así lo confirma la respuesta n.º 302 del 4 de diciembre de la Agencia Tributaria, que establece que para que los reembolsos de gastos no se consideren ingresos del trabajo, deben realizarse mediante medios de pago rastreables, como transferencia bancaria o tarjeta.
El caso se refiere a un ministerio que debía reembolsar gastos de taxi a un empleado durante tres misiones, tanto en Italia como en el extranjero. La particularidad radica en que los viajes dentro de Italia se pagaron en efectivo, lo que genera dudas sobre el tratamiento fiscal correcto.
El Ministerio preguntó si estos reembolsos dentro del territorio nacional se consideran ingresos del empleado según el artículo 51, párrafo 5 de la Ley Consolidada del Impuesto sobre la Renta (TUIR).
Régimen fiscal según la ley italiana
La Administración Tributaria recuerda que, según el apartado 1 del artículo 51 del TUIR, todas las sumas y valores percibidos por el trabajador en relación con la relación laboral constituyen renta del trabajo, aplicándose el llamado principio de todo incluido, salvo excepciones específicas.
El apartado 5 del artículo 51 regula el tratamiento fiscal de las dietas y gastos de viaje, indicando que el pago mediante instrumentos rastreables es condición necesaria para que estos reembolsos no se consideren ingresos laborales.
Consecuencias del pago en efectivo
Si los gastos se pagan en efectivo, incluso dentro de Italia, el reembolso se considera ingreso laboral y, por tanto, está sujeto a tributación al tipo marginal del IRPEF, es decir, al tipo más alto aplicable a la renta del trabajador.
Las administraciones públicas deben además retener el impuesto en el momento del pago, de acuerdo con el artículo 29, apartado 1, del Decreto Presidencial n. 600/1973.
En el caso específico del uso de un taxi dentro de Italia con pago en efectivo, la ley establece que el reembolso se incluirá en los ingresos del empleado y estará sujeto a tributación completa, aplicando la tasa marginal correspondiente de IRPEF.





















