La Audiencia de Madrid ordena abrir el caso de las matrículas falsas de los VTC por falsedad documental y estafa
MADRID. 9 Jun. (Noticias del Taxi) – La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso presentado por las asociaciones Taxi Project 2.0 y la Federación Profesional del Taxi de Madrid y ha ordenado al juzgado de instrucción que reabra la investigación contra varias empresas de transporte y administradores al apreciar indicios de un delito de falsedad documental. Según los querellantes, estas compañías estarían llevando a cabo prácticas fraudulentas en la identificación de su flota de vehículos con el objetivo de sortear la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y evitar los controles.
El auto de la sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid revoca el sobreseimiento libre (archivo definitivo) decretado por el Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid sin apenas haber practicado diligencias. El juzgado determinó que los hechos contenidos en la querella, enmarcados en delitos de falsedad documental y estafa, no tenían carácter punible penalmente y que, a lo sumo, solo tendrían consecuencias administrativas ante la Dirección General de Tráfico (DGT).
La resolución de 11 páginas, a la que ha tenido acceso este diario, detalla que los cientos de vehículos en circulación de las empresas querelladas sustituyen la placa trasera de matrícula de color azul correspondiente a VTC por una blanca asignada a vehículos particulares antes de pasar la ITV, con el consiguiente ahorro económico.
Esta práctica constituye falsedad en documento público y, además, una presunta estafa porque presentar estos vehículos de transporte como si fueran turismos podría suponer una eventual pérdida de negocio a las estaciones de ITV. Esto es, de pasar una inspección anual como ocurre con el taxi a hacerlo a los cuatro años como un particular recién matriculado.
La Sala de tres magistrados expone que el Tribunal Supremo ya unificó el delito de falsedad con respecto al uso irregular de las matrículas. El alto tribunal consideró que la placa es un elemento de identificación del vehículo cuando circula, tanto por el código alfanumérico como por su color.
El auto del tribunal concluye que concurren indicios de una actuación ilícita por parte de los querellados al llevar a cabo esa conducta de modificación de unos de los elementos de identificación de la matrícula, el color de fondo de la placa, para ahorrarse los costes de la ITV. En conclusión, añade, «se hace preciso» que el juzgado investigue si esta práctica es constitutiva de la infracción penal denunciada.
Así, entre las empresas señaladas por Taxi Project y la FPTM en la querella se encuentran Radio Taxi Barcelona; Auro New Transport Concept, S.L.; Libreocupado, S.L.; Freetown Business S.L.; Nextband, S.L.; Autos Lavapiés, S.L.; VTC Kiko Car, S.L.; VTC Felp Transfer, S.L.; Zater Trnsportation Services 1525, S.L.; Transportation, S.L. y Servigrallar de Cerdanya, S.L., además de los directivos Ignacio Álvarez Carlón, Guzmán Frutos López, Pablo Massana Teichman, Hugo Arévalo Álvarez Arenas, Féliz Ruiz Hernández, Jaime Banús Pallarés, Francisco José Fernández Moreno, Renata Mendaña Navarro, Marcos Alejandro Cardona Rico, José Antonio Parrondo Rojo, Alexander Dentzel Zaryn y Marcos José Fernández Bernabé.
El precedente de Moove Cars
Hace un año ya se conoció que Moove Cars, principal proveedor de Uber, aprovecha sus permisos de circulación para sortear sus revisiones anuales obligatorias. La mercantil tiene en circulación unos 4.800 vehículos en Madrid, Barcelona, Sevilla, Málaga, Granada, Valencia y Bilbao, cuyas autorizaciones no cumplen con la normativa en vigor para este servicio de movilidad urbano.
El ardid consiste en emplear vehículos con permisos de circulación donde se «trampea» su condición de VTC en la catalogación del servicio al que se destina, denominado D-4. En concreto, la documentación consultada por este diario recoge en su licencia servicio de «alquiler sin conductor». Una referencia errónea que afecta directamente a la condición del vehículo en su ficha técnica, que está expedida por la DGT, cuando en realidad debería aparecer una numeración con código 1.041, referente al transporte de pasajeros.