El Ministerio de Trabajo de Brasil presenta una demanda contra Uber

El Ministerio de Trabajo de Brasil presenta una demanda contra Uber

El Ministerio de Trabajo de Brasil presenta una demanda contra Uber por los derechos de los trabajadores

El Ministerio Público de Trabajo (MPT) ha interpuesto acciones contra Uber por los derechos de los trabajadores. Además de Uber, las acciones van también contra las empresas 99, Rappi y Lalamove para que se les exija reconocer la relación laboral con repartidores y conductores. Aunque fueron interpuestas en São Paulo, las acciones son de alcance nacional.

Con ello, el MPT quiere que se reconozca la garantía de los derechos laborales, de seguros y de seguridad social. Los fiscales también piden la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las actividades que realizan los trabajadores contratados por las plataformas digitales.

Con las acciones presentadas, el MPT contabiliza 12 acciones civiles públicas para plataformas de reconocimiento de relaciones laborales. Se propusieron otras 12 demandas por solicitudes para tomar medidas para proteger a los conductores y trabajadores de la entrega de la transmisión del nuevo coronavirus.

Las acciones fueron interpuestas porque, según el MPT, las investigaciones realizadas revelaron la existencia de una relación laboral entre trabajadores y empresas. Por tanto, los fiscales laborales argumentan que las plataformas incurren en fraude laboral. “La prueba considerada fue el control que ejercen las empresas en el trabajo de estos repartidores y conductores”, afirmó el Abogado Laboral Rodrigo Castilho.

Desde el principio, se debe designar una audiencia para verificar la posibilidad de un acuerdo. En caso contrario, la empresa propone una defensa y comienza la audiencia preliminar.

En total, se han presentado 625 procedimientos contra 14 empresas postulantes para determinar el contrato de trabajo de los trabajadores: Uber (230), iFood (94), Rappi (93), 99 Tecnologia (79), Loggi (50 procedimientos), Cabify (24 ), Tornillo (14), Shippify (12), Wappa (9), Lalamove (6), Ixia (4), Proyecto A TI (4), Entrega (4) y Levoo (2).

«Hay otras empresas que tienen investigaciones abiertas, por lo que, dependiendo de las conclusiones de estas investigaciones, se pueden proponer otras acciones, si las conclusiones y evidencias van en la misma dirección», dijo el titular de la Coordinación Nacional de Lucha contra el Fraude en las Relaciones Laborales (Conafret), Tadeu Cunha, en una rueda de prensa.

Explica que, si el Juzgado de Trabajo reconoce la relación laboral en estas acciones, otros trabajadores de otras plataformas similares pueden usar la decisión como precedente. “Una posible decisión aquí puede considerarse un precedente para ser utilizada en acciones individuales, como suele ocurrir”, dijo Cunha.

Para entablar demandas contra las empresas 99, Uber, Rappi y Lalamove, los fiscales informaron que, por ejemplo, se realizó un análisis de datos sobre carreras y condiciones de uso, que regula la relación laboral con las empresas.

Además de declarar la relación laboral legal entre las empresas de aplicaciones de transporte de pasajeros y mercancías y sus conductores y repartidores, el MPT exige que las empresas registren inmediatamente a sus conductores como microempresarios individuales (MEI) en una tarjeta de trabajo, independientemente de la ubicación de residencia y registro, so pena de multa por cada trabajador encontrado en situación irregular.

Otra solicitud es que las plataformas se abstengan de contratar o retener conductores, contratados como autónomos o microempresarios individuales, mediante contratos de prestación de servicios, asociaciones o cualquier otra forma de contratación civil o comercial, cuando los requisitos de la relación de trabajo, también bajo sanción, por cada trabajador irregular.

Además, el MPT exige que las empresas paguen una indemnización por dolo y sufrimiento colectivo por un montante del 1% de los ingresos brutos del último año antes de la presentación de la demanda. Todas las cantidades deben reintegrarse al Fondo de apoyo al trabajador (FAT).

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