Educación recurre la resolución del recurso de los taxistas cántabros

El TARC estimó el pasado noviembre el recurso de los taxistas y consideró que el criterio de valoración previsto por la Consejería de Educación en ese pliego era desproporcionado

Educación recurre la resolución del recurso de los taxistas cántabros contra el concurso del transporte escolar
Parada de Taxis en Santander / Foto: Ayuntamiento de Santander

Educación recurre la resolución del recurso de los taxistas cántabros contra el concurso del transporte escolar



El Gobierno de Cantabria ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARC) que estima el recurso de los taxistas presentado por el sector del taxi contra el pliego del concurso de transporte escolar.

De ello ha informado este domingo en un comunicado la Federación Cántabra del Taxi, que fue la que presentó el recurso contra los pliegos del concurso, que estimó el TARC.

Desde la Federación consideran que ahora Educación, departamento que dirige la regionalista Marina Lombó, cede con este recurso a las presiones de las empresas de autobuses y continúa con su empeño de excluir al sector del taxi del transporte escolar y restringir la competencia.

En el recurso presentado por los taxistas al TARC, denunciaban que la Consejería había llevado a cabo, de forma injustificada y por sorpresa, modificaciones en el pliego de cláusulas administrativas del concurso que en la práctica suponían expulsar e impedir la concurrencia legítima de los profesionales del taxi. Explicaban que estos cambios tienen que ver con lo que se establece en los criterios de adjudicación en lo relativo a los medios para la solución de incidencias.

El TARC estimó el pasado noviembre el recurso de los taxistas y consideró que el criterio de valoración previsto por la Consejería de Educación en ese pliego era «desproporcionado» y consideró que se incluye «implícitamente una restricción a la concurrencia injustificada, máxime cuando el objeto del contrato es un servicio incardinable dentro del transporte regular especial de viajeros».

«Lo cierto es que, de facto, la cláusula impugnada otorga exclusivamente puntuación a aquellos licitadores que tengan concesiones de servicios de transporte regular general o autorizaciones de transporte regular especial. Concesiones y autorizaciones planteadas en la LOTT -Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres- en términos muy restrictivos», indicaba el tribunal. Ahora la Consejería ha interpuesto el recurso contra dicha resolución del TARC.

Educación recurre la resolución del recurso de los taxistas cántabros