Murcia aprueba la ordenanza del taxi, que incluirá servicio de precio cerrado

Se incluye uniformidad para los conductores, ampliación de capacidad de los vehículos hasta siete plazas y Eurotaxis para personas con movilidad reducida, hasta ocho plazas

Murcia aprueba la ordenanza del taxi, que incluirá servicio de precio cerrado
Parada de taxis Gran Vía Alfonso X El Sabio, 1 Murcia

La nueva ordenanza del taxi en Murcia incluye el precio cerrado del servicio

El Pleno del Ayuntamiento de Murcia ha aprobado la Ordenanza Reguladora del Servicio del Taxi en el municipio, tras ser resueltas las alegaciones. Cabe recordar que fue aprobada previamente en la Mesa Sectorial del Taxi, según ha informado el Consistorio.

Esta nueva normativa, según el Ayuntamiento, “busca dar respuesta a los retos y desafíos que Murcia tiene que abordar en movilidad, y en particular, en el sector del taxi, adaptando la nueva normativa, eliminando rigideces y facilitando el servicio”.

La medida incluirá actuaciones para la transformación gradual de la flota de vehículos para su conversión a vehículos Eco o Cero Emisiones. También se agilizará la obtención de la acreditación de taxista y no se exigirá la plena dedicación a la actividad.

Se incluye uniformidad para los conductores, ampliación de capacidad de los vehículos hasta siete plazas y Eurotaxis para personas con movilidad reducida, hasta ocho plazas.

También prevé la incorporación de tecnologías móviles y aplicaciones, sistemas automatizados y telemáticos de pago y facturación.

Igualmente, incluye en el régimen sancionador, determinadas infracciones no previstas en la anterior ordenanza, en particular, endurecimiento de la falta de título habilitante administrativo.

La ordenanza recoge que se podrá contratar servicios previamente teniendo las tarifas un carácter de máximas de forma que puedan ser realizados a precio cerrado y el usuario conocer éste antes de su realización. Este precio no podrá superar el estimado para ese recorrido conforme a las tarifas vigentes

Asimismo se establecen los requisitos de los vehículos que no podrán superar la antigüedad de 12 años contados desde su primera matriculación, salvo los clasificados según el distintivo ambiental Cero emisiones o ECO, que no podrán superar la antigüedad de 15 años.

Finalmente, se sancionará la prestación de un servicio de transporte sin disponer de la pertinente autorización, licencia o habilitación administrativa, con multa de 4.001 euros por el grave perjuicio económico, social y de seguridad ciudadana que provoca el intrusismo profesional en el sector del taxi.