Las multas a los taxistas en el Park Güell, contrarias a la ordenanza

Las restricciones no afectan a los del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad, Guardia Urbana, ambulancias y todos aquellos que sean inherentes a la prestación de servicios públicos

Los taxistas suspenden el servicio en el Park Güell por el conflicto vecinal

Los taxistas comienzan a recurrir las sanciones impuestas en el entorno del Park Güell al ser contrarias a la ordenanza

BARCELONA. 23 Oct. (Noticias del Taxi) – Algunas asociaciones de vecinos de Les Tres Turons –en el entorno del Park Güell de Barcelona–, comenzaron a ejercer presión vecinal para terminar con el turismo en el barrio de la Salut.

Una de las reivindicaciones más polémicas fue la de la eliminación de las paradas de taxi, que no solo daban servicio a los turistas, sino también a todo el vecindario. Debido a las presiones, el Consistorio optó por eliminar la parada de taxis de la Rambla Mercedes y ampliar la otra situada en la Carretera del Carmel, algo que tampoco gustó a una parte de los representantes de las asociaciones vecinales.

A finales del pasado mes de septiembre, la Asociación Élite Taxi recomendó a los taxistas no dar servicio en el entorno del Park Güell debido a las sanciones que la Guàrdia Urbana imponía a los taxistas por dejar a los usuarios.

Las multas, contrarias a la ordenanza municipal

Desde Todo Taxi hemos contactado este martes con Judit Martí, responsable del Área Jurídica de Espai Iuris, para aclarar el motivo por el que los agentes de la policía municipal sancionan a los taxistas a pesar de que en la ordenanza del Ajuntament de Barcelona figura que los servicios públicos pueden acceder a las zonas consideradas como «áreas de viandantes».

Precisamente Élite Taxi y Espai Iuris Gabinet Jurídic suscribieron ayer un acuerdo de colaboración para todos los asuntos civiles que necesiten los asociados. A pesar de no ser esta una reclamación jurídica de alto interés, desde Espai Iuris se han puesto manos a la obra para ayudar desinteresadamente al taxista sancionado, interponiendo un recurso.

El artículo 9 de la ordenanza

El artículo 9 referente a la señalización y condiciones de circulación en las áreas de peatones indica que las limitaciones de circulación y estacionamiento que se establezcan en estas zonas no afectarán a los siguientes vehículos:

  • Los del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad, Guardia Urbana, ambulancias y todos aquellos que sean inherentes a la prestación de servicios públicos.
  • Los que trasladen a enfermos con domicilio o atención dentro del área.
  • Quienes trasladen los estancias de hoteles situados dentro del área.
  • Los que accedan o salgan de garajes y estacionamientos autorizados.
  • Los que conducidos por personas con disminución física se dirijan al interior o salgan del área.

Ante estas sanciones contrarias a la ordenanza de circulación del Ayuntamiento de Barcelona en las áreas de viandantes, desde Espai Iuris aconsejan recurrir estas multas interpuestas.