Un condenado por estafar a un taxista de Lugo intenta librarse alegando trastorno

Le pidió que lo llevase de Lugo a Sarria, fingió que no le funcionaba la tarjeta y nunca le pagó

Un condenado por estafar a un taxista de Lugo intenta librarse alegando trastorno

Lo condenan por no pagar un viaje en taxi e intenta librarse alegando un trastorno psiquiátrico

LUGO. 8 Oct. (Noticias del Taxi) – Un hombre ha sido condenado a pagar una multa de 90 euros por estafar a un taxista que lo llevó desde la capital hasta Sarria. El acusado, que también tendrá que abonar los 51 euros que costaba el viaje, alegó un trastorno psiquiátrico, pero el juez concluye que era consciente de sus actos.

La sentencia considera acreditado que el 22 de enero de 2023, el acusado solicitó los servicios de un taxista en Lugo y le pidió que lo llevara hasta la localidad de Sarria. El hombre «generó la confianza de que iba a hacer efectivo el pago con tarjeta de crédito» y el taxista accedió a llevarlo. Sin embargo, una vez en su destino, el cliente dijo que no le funcionaba la tarjeta, pero que le pagaría los 51 euros que costaba el traslado al día siguiente.

El taxista le facilitó un número de cuenta para que realizase el ingreso, pero el acusado no realizó ningún tipo de abono y el conductor no volvió a tener noticia de él.


Paradas de taxi en Lugo

Paradas de taxi en Lugo

 


El acusado tuvo un brote psicótico a los cinco meses

Por estos hechos, el juzgado de Instrucción número 3 le impuso al hombre una pena de un mes de multa con cuota diaria de 3 euros, pero el letrado de la defensa recurrió la condena ante la Audiencia alegando «vulneración del derecho a la presunción de inocencia, al no tener en cuenta las circunstancias personales del recurrente». La defensa explica que el acusado estuvo ingresado por un brote psicótico en el servicio de Psiquiatría del un centro hospitalario desde el 10 de julio hasta el 8 de agosto de 2023, cuando recibió el alta. Además, los informes concluyen que el hombre había modificado su conducta unos 8 o 9 meses antes.

El tribunal aceptó el recurso, pero concluye que el acusado «está diagnosticado de trastornos y anomalías psíquicas, ahora bien, su ingreso por brote psicótico en fase activa con componentes delirantes se produce el 10 de julio y los hechos enjuiciados tienen lugar el 22 de enero, sin que se haya practicado prueba alguna que permita concluir que las facultades volitivas e intelectivas del acusado estaban anuladas al tiempo de los hechos por razón de su patologías, impidiéndole comprender la ilicitud de su conducta».

La Audiencia explica que el juez de Instrucción «ya valoró la existencia de modificaciones conductuales en el acusado, imponiendo la pena en el mínimo legal». De este modo, confirma la condena.